lunes, 28 de noviembre de 2011

FCC - IV BIMESTRE – 2do de Secundaria

LA DISCRIMINACIÓN Y SUS CARACTERÍSTICAS

1. El concepto de discriminación

La discriminación es el trato diferenciado basado en determinados motivos prohibidos por el ordenamiento jurídico que tiene por objeto o por resultado la anulación o menoscabo en el ejercicio o goce de derechos y libertades fundamentales de una persona o de un grupo de personas.

Los actos discriminatorios se basan en un prejuicio negativo que hace que los miembros de un grupo sean tratados como seres no sólo diferentes, sino inferiores. El motivo de la distinción es algo irrazonable y odioso. En tal sentido, tales actos vulneran la esencia misma del ser humano –su dignidad- hasta el punto de negar a ciertos individuos o colectivos su condición misma de personas, limitando el ejercicio de sus derechos.

Mediante los actos de discriminación se descalifica a una persona o grupo de personas por sus características innatas o por la posición asumida voluntariamente en la sociedad como manifestación de su derecho al libre desarrollo de su personalidad.

A propósito de este aspecto, conviene tener en cuenta que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, concordando con las definiciones contenidas en la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, entiende por discriminación: que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas”

En atención a las consideraciones antes mencionadas, para calificar como discriminatorio un determinado acto resulta necesario identificar la concurrencia de los tres elementos siguientes:

a. Un trato diferenciado o desigual

Todo acto discriminatorio tiene como punto de partida la existencia de un trato diferenciado o desigual hacia una persona o grupo de personas. En efecto, la discriminación parte de una distinción, exclusión o restricción de los derechos de determinados individuos.

Sin embargo, este único elemento no es suficiente para considerar como discriminatorio a un hecho. Por ello, no es posible equiparar el trato diferenciado o desigual con la noción de discriminación ya que con cierta frecuencia se presentan tratos diferenciados destinados a corregir las desigualdades que existen en la realidad.

b. Un motivo o razón prohibida

El trato diferenciado o desigual se debe basar en determinados motivos prohibidos por el ordenamiento jurídico. Así, no se proscribe la distinción, restricción, exclusión o preferencia por sí sola, sino en tanto que estas conductas estén basadas en un motivo o razón prohibida por el derecho.

Dichos motivos pueden estar basados en:

(i) las características de las personas, independientemente de su voluntad: raza, origen, sexo, identidad étnica o cultural, idioma, discapacidad, enfermedad, apariencia física, condición económica, condición social.

(ii) las posiciones asumidas voluntariamente por las personas en ejercicio del libre desarrollo de su personalidad: religión, opinión, filiación política, filiación sindical, orientación u opción sexual, indumentaria.

Los motivos antes mencionados no constituyen una lista cerrada de criterios prohibidos. El ordenamiento jurídico nacional e internacional establece una cláusula general abierta,

“cualquier otra índole”, a fin de que si aparecieran formas contemporáneas de discriminación también se encontrase prevista su proscripción en tanto supongan la vulneración de la protección y respeto del ser humano y su dignidad.

Sin embargo, como señala Bardales Mendoza, ello no quiere decir, en modo alguno, que la cláusula general sea considerada tan ampliamente abierta como para que comprenda cualquier causa de diferenciación irrazonable, puesto que, de ser así, no tendría razón de ser que se hayan enumerado motivos diversos.

La cláusula general de discriminación no puede restar importancia a la enumeración de motivos prohibidos debido a que con ello se desvirtuaría la naturaleza y el significado del mandato de no discriminación. En tal sentido, el criterio de diferenciación debe comprender una trascendencia social efectiva y un impacto en la posición del individuo dentro de la sociedad.

c. Un objetivo o un resultado

El trato diferenciado o desigual basado en un motivo prohibido tiene por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, ejercicio y goce de un derecho.

El derecho a la no discriminación es un derecho relacional, esto es, que no cabe la vulneración del mismo en abstracto, sino en relación con otro u otros derechos. En tal sentido, para que un acto sea vulneratorio del derecho a la no discriminación es necesario que se produzca la afectación o la posibilidad de afectación de algún derecho, o la anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato.

2. La igualdad y su relación con la no discriminación

La igualdad y la no discriminación son dos conceptos que se encuentran estrechamente vinculados, lo que ha conducido, en algunos casos, a que no se comprenda adecuadamente la diferencia entre ambos.

Desde una perspectiva constitucional, la igualdad tiene una doble dimensión. En virtud de la primera, la igualdad constituye un principio rector de todo el ordenamiento jurídico, de la organización y actuación del Estado, siendo un valor fundamental y una regla básica que éste debe garantizar y preservar por ser parte del núcleo del sistema constitucional de fundamento democrático. Por otro lado, a partir de la segunda dimensión se concibe a la igualdad como un derecho constitucional subjetivo, individualmente exigible, el cual confiere a toda persona el derecho de ser tratada igual que los demás en relación a hechos, situaciones o acontecimientos coincidentes. Es el derecho de obtener un trato igual y de evitar los privilegios y las desigualdades arbitrarias que excluyan a una persona de los derechos que se conceden a otra, en paridad sincrónica o por concurrencia de razones.

El contenido de la igualdad comprende tanto la igualdad ante la ley como la igualdad de trato. De allí que en la actualidad podamos distinguir entre la denominada igualdad formal, en virtud de la cual todas las personas tienen derecho a que la ley los trate y se les aplique por igual, frente a la igualdad sustancial o material, que impone más bien la obligación de que la ley tienda además a crear igualdad de condiciones y oportunidades para las personas.

Es importante anotar que el derecho fundamental a la igualdad no puede ser considerado como un derecho autónomo, pues siempre se encontrará vinculado al ejercicio de otro derecho constitucional.

En este sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado que:

“la naturaleza jurídica de la igualdad reposa en una condición o presupuesto indispensables para el ejercicio de los distintos y plurales derechos individuales. Por ende, no es un derecho autónomo, sino relacional”.

De esta manera:

“[el derecho a la igualdad] funciona en la medida en que se encuentra conectado con los restantes derechos, facultades y atribuciones constitucionales y legales. Más precisamente, opera para asegurar el goce real, efectivo y pleno del plexo de derechos que la Constitución y las leyes reconocen y garantizan”.

En el pasado, el derecho a la no discriminación era considerado como el aspecto negativo del derecho a la igualdad, de manera que cualquier infracción a este derecho era considerada como discriminatoria.24 Sin embargo, actualmente, el mandato de no discriminación ha adquirido un sentido autónomo, específico y concreto. La consagración constitucional de ambos derechos evidencia claramente el carácter autónomo de esta prohibición y las consecuencias diversas que generan normatividad nacional e internacional, constituye una reacción contra la violación cualificada de los derechos fundamentales de las personas que, con significado autónomo propio, va más allá de la prohibición de desigualdades de trato y tiende a eliminar e impedir diferencias contra el individuo por sus caracteres innatos o por su pertenencia a categorías o grupos sociales específicos.

En virtud de lo expuesto, resulta conveniente precisar que no todo tratamiento desigual o diferenciado conlleva necesariamente la violación del derecho a la no discriminación, puesto que, como se ha expresado antes, para que la conducta sea calificada como discriminatoria se debe cumplir con tres características concurrentes: (i) la existencia de un trato diferenciado o desigual, (ii) fundado en un motivo o razón prohibida por el derecho y (iii) que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, ejercicio y goce de un derecho.

En tal sentido, se debe considerar que el derecho fundamental a la igualdad limita todo trato arbitrario e irracional contra las personas. Sin embargo, la prohibición de la discriminación denota un grado de protección específico respecto del derecho a la igualdad. No se refiere a cualquier trato arbitrario, sino únicamente a aquél que se realiza contra una persona por alguna de las razones prohibidas por el ordenamiento jurídico y que pretende restringir un derecho.

Así, para que un trato diferenciado sea calificado como discriminatorio se requiere que concurran los otros dos elementos. Si uno de estos elementos no se encuentra presente, el acto –aun cuando sea injustificado- no puede ser considerado discriminatorio, aunque ello no obsta para que la conducta sea considerada como ilegítima por ser una vulneración del derecho a la igualdad y se pueda reconducir mediante los mecanismos de protección de este derecho.

lunes, 19 de septiembre de 2011

FCC – III BIMESTRE – 2do de Secundaria

Seguridad vial

La seguridad vial consiste en la prevención de accidentes de tránsito o la minimización de sus efectos, especialmente para la vida y la salud de las personas, cuando tuviera lugar un hecho no deseado de tránsito. También se refiere a las tecnologías empleadas para dicho fin en cualquier vehículo de transporte terrestre (ómnibus, camión, automóvil, motocicleta y bicicleta).

Las normas reguladoras de tránsito y la responsabilidad de los usuarios de la vía pública componen el principal punto en la seguridad víal. Sin una organización por parte del estado y sin la moderación de las conductas humanas (particulares o colectivas) no es posible lograr un óptimo resultado.

Seguridad activa (o primaria) empieza:

Aquella que asiste al conductor para evitar un posible accidente interviniendo de manera permanente durante la circulación, por ejemplo:

  • Sistema retrovisor: visibilidad del conductor de la circulación que sucede detrás, espejos, eliminación de puntos ciegos, y otras ayudas de control como radares, comunicación de seguridad inalámbrica del vehículo y visión nocturna.
  • Sistemas de suspensión.
  • Sistema frenado, entre los que se pueden encontrar distintos tipos, entre eficientes y muy eficientes: ABS (Antilock Brake System: sistema antibloqueo de frenos) con EBV (reparto electrónico de frenada). ESP (control de estabilidad), con EDL (control de tracción).
  • Sistema de dirección.
  • Sistema de iluminación. El uso de las luces es un punto fundamental dentro de la seguridad activa en la circulación ya que por intermedio de las mismas los conductores y usuarios de la vía pública se comunican entre las personas.

Seguridad terciaria

Aquella encargada de minimizar las consecuencias negativas de un accidente después de que este haya sucedido.

  • Cierre automático de la inyección de combustible para impedir incendios.
  • Depósito de combustible y elementos auxiliares diseñados para evitar el derrame de combustible en caso de colisión (coches como el Ford Pinto se hicieron famosos por descuidar esta precaución).
  • Aviso automático a centro de emergencias después de un accidente (opcional en algunos vehículos estadounidenses).
  • Puertas diseñadas para una fácil apertura después del accidente.
  • Hebillas del cinturón de seguridad de fácil apertura.

Seguridad de bebés y niños

La seguridad automovilística es crítica en estos casos, sobre todo considerando que los dispositivos existentes no han sido diseñados para ellos. En muchos países (por ejemplo, en los Estados miembros de la Unión Europea) es obligatorio el uso de mecanismos de retención apropiados al peso y la altura; desde sillas especiales hasta elevadores que impidan que el cinturón de seguridad provoque asfixia si ocurre un accidente. En todos los casos se deben utilizar siguiendo las instrucciones del fabricantes, y debe recordarse el peligro que puede representar para un bebé o niño la bolsa de aire del asiento del acompañante.

Seguridad de mujeres embarazadas

Las embarazadas deberían utilizar en todos los casos el cinturón de seguridad; existen prolongadores especiales para mejorar la comodidad al usarlos.

Seguridad ante la conducción rutinaria

Muchos conductores que siguen la misma ruta cada día lo hacen sin utilizar el área del cerebro donde tiene lugar el pensamiento consciente, según afirma el científico especialista en tráfico Michael Schrekkenberg, de la Universidad de Duisburgo-Essen (Alemania). Como conocen el camino, los conductores se ocupan de otras cosas en vez de concentrarse en el tráfico; en consecuencia, tardan más en advertir los peligros. Por esta razón, se les recomienda recordar continuamente la necesidad de estar alerta y no distraerse de la carretera.

El color de los autos

En Auckland (Nueva Zelandia), un estudio (Newstead y D’Elía, 2007) descubrió que los automóviles de color plata tuvieron una tasa significativamente menor de sufrir accidentes graves que los autos color café, negro y verde.

El estudio de color de los vehículos, realizado por el MUARC (Centro de Investigación de Accidentes de la Universidad de Monash) y publicado en 2007, analizó 855.258 accidentes ocurridos entre 1987 y 2004 en los estados australianos de Victoria y Australia Occidental que dieron como resultado lesiones o al menos el remolque de un vehículo.[1] El estudio analiza el riesgo relacionado con las condiciones de luz.

FACTORES CAUSANTES DE ACCIDENTES

De acuerdo a los estudios observados, uno de los factores que causa la mayoría de accidentes de tránsito es el factor humano, sea peatón, pasajero, cobrador, ciclista o conductor. Dentro de ello, encontramos ciertas condiciones que son más frecuentes en los conductores, dentro de las cuales podemos mencionar:

.

Es importante mencionar que en nuestro país el manejo temerario (combis que hacen carrera, mototaxis que ingresan a zonas prohibidas para su circulación) y el exceso de velocidad en lugares prohibidos (en vías de gran afluencia de personas, o los buses en carretera) son la causa de los accidentes de tránsito. La fatiga, el sueño, el alcohol y las drogas

La fatiga

Es el efecto físico que experimenta el cuerpo humano como reacción normal a la excesiva actividad física, sensorial y psicológica. La fatiga aparece y se agudiza paulatinamente si no proporcionamos al organismo el descansos necesarios que requiere.

El hecho de conducir un vehículo demanda esfuerzo físico, lo que produce fatiga. El cansancio ocasiona que el organismo reaccione de manera más lenta, esto es peligroso porque desciende la capacidad del conductor para desplazarse con seguridad, para él y los demás.

El sueño

El sueño es un efecto normal del cuerpo humano que, junto con la alimentación adecuada, lleva a recuperar las energías gastadas en las actividades cotidianas.

Cuando no se duerme el tiempo necesario, el cuerpo reacciona con una serie de desajustes (falta de atención, somnolencia, letargo en las reacciones, etc.), que pueden ser altamente peligrosos, de manera especial en aquellos que conducen vehículos, sean motorizados o no.

Las personas que padecen trastornos del sueño tienen aproximadamente siete veces más posibilidades de sufrir un accidente de tránsito mientras conducen un vehículo, ya que experimentan somnolencia excesiva.

El alcohol

El alcohol es un líquido incoloro, volátil y aromático, se encuentra en licores fermentados o destilados, afecta el sistema nervioso central y puede ser mortal si se consume en grandes cantidades. El alcohol se clasifica como una droga depresiva.

Esta droga psicodepresora es la causante de gran cantidad de accidentes de tránsito, por eso merece una mención aparte.

Ingerir bebidas alcohólicas causa trastornos que influyen en el sistema psicomotor, auditivo, visual y, en general, en todo el organismo.

Otras drogas

Son sustancias naturales o químicas que al ingresar al organismo afectan su funcionamiento normal y producen alteraciones físicas, psicológicas y sociales.

DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRÁNSITO

Según el Reglamento Nacional de Transito, los elementos que intervienen en la regulación, administración y/o fiscalización del tránsito terrestre son los dispositivos de control de tránsito, que están compuestos por:

Ø Las señales de tránsito.

Ø Los semáforos.

La Policía Nacional del Perú asignada al Tránsito es otro de los elementos que intervienen en la regulación, administración y/o fiscalización del tránsito terrestre y que cumple una función como ente de control de los medios y medidas de seguridad.

Los dispositivos de control son una serie de disposiciones que regulan el tránsito en la vía pública mediante señales verticales, señales horizontales y los semáforos.

Las normas para el diseño y utilización de los dispositivos de control se establecen en el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, que aprueba el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en concordancia con los Convenios Internacionales suscritos por el Perú.

La instalación, mantenimiento y renovación de los dispositivos de control del tránsito dependerán de su ubicación:

Ø La red vial nacional es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Ø Las vías regionales son de competencia de los gobiernos regionales.

Ø Las avenidas son de competencia de la municipalidad provincial

Ø Las calles y jirones son de competencia de los municipios distritales.

Los conductores y los peatones están obligados a obedecer los dispositivos de control del tránsito, salvo que reciban instrucciones distintas de un efectivo de la Policía Nacional del Perú, o que se trate de las excepciones contempladas en el Reglamento, en lo que respecta a los vehículos oficiales y de emergencia.

Señales de tránsito

Las señales de tránsito son dispositivos creados específicamente para el control del flujo vehicular y peatonal. Se encuentran instalados al nivel de la vía o sobre ella y están destinadas a normar su uso. Asimismo, prevenir al usuario de la vía de cualquier posible peligro que podría presentarse o informarle sobre direcciones, rutas, destinos. Las más conocidas son las señales verticales que de tránsito de acuerdo con su función específica se clasifican en:

a. Señales reguladoras.

b. Señales preventivas.

c. Señales informativas.

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a. Señales reguladoras

Tienen por objeto indicar a los usuarios de la vía la existencia de limitaciones, restricciones o prohibiciones que norman el uso de las vías. Su desacato constituye una infracción al

clip_image004Reglamento Nacional de Tránsito.

Las señales reguladoras se clasifican en:

Relativas al derecho de paso

Indican preferencia de paso u orden de detención. Tienen forma octogonal y triangular con uno de sus vértices mirando hacia abajo.

Prohibitivas y restrictivas

Indican a los conductores de vehículos las limitaciones que se les impone para el uso de las vías. Son de forma rectangular y llevan un diseño circular rojo en ellas.

De sentido de circulación

Se utilizan en los cruce de las calles de una ciudad para indicar el sentido de la circulación. Su forma es rectangular.

Ubicación de las señales reguladoras

Estas señales se colocan a la derecha del sentido de circulación de los vehículos, en ángulo recto con el eje de la vía y sobre la vereda o acera.

Colores de las señales reguladoras

Predomina en ellas el color rojo, blanco como fondo y las letras o símbolos generalmente negros.

clip_image006b. Señales preventivas o de advertencia

Son señales que se utilizan para indicar con anticipación la aproximación de ciertas condiciones de la vía o concurrentes que implican un peligro real o potencial que debe ser evitado tomando ciertas precauciones.

Forma de las señales preventivas o de advertencia

Tienen forma de un cuadrado con una de sus esquinas mirando hacia abajo formando un rombo, a excepción de las señales especiales de “zona de no adelantar” que es de forma triangular y las señales de “paso a nivel de línea férrea” que son en forma de cruz.

Color de las señales preventivas o de advertencia

El fondo y el borde de color amarillo. El símbolo, las letras y el marco de color negro.

Ubicación en la vía de las señales preventivas o de Advertencia

Estas señales se ubican en ángulo recto, a la derecha de la vía y frente al sentido de circulación vehicular a una distancia previa del lugar que se desea prevenir, de modo tal que permita verlas al conductor.

c. Señales informativas

Las señales informativas tienen como fin guiar al usuario de la vía, a través de una determinada ruta, dirigiéndolo al lugar de su destino. Ellas le proporcionan información adecuada de lugares, rutas, distancias, servicios.

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Forma de las señales informativas

Son de forma rectangular, con cualquiera de sus lados colocados en forma horizontal, exceptuando los indicadores de ruta que podrán tener una forma especial.

Clasificación de las señales informativas

De dirección: guían al conductor hacía su destino y/o puntos intermedios.

Ø Indicadoras de ruta: muestran el número de ruta de la carretera, facilitando al conductor su identificación.

Ø De información general: indicar al usuario de la vía la ubicación de lugares de interés general y turístico, así como los principales servicios conexos con las carreteras.

Ubicación de las señales informativas en la vía

Las señales informativas, por regla general, se ubican al lado derecho de la carretera o avenida para que los conductores puedan visualizarlas de forma inmediata.

lunes, 4 de julio de 2011

FCC – II BIMESTRE – 2do Secundaria

HÉROES CIVILES, HÉROES MILITARES, PERSONAJES ILUSTRES

  1. Héroe

Del latín heros, que a su vez deriva de un vocablo griego, la palabra héroe hace referencia a un hombre que es famoso, ilustre y reconocido por sus virtudes o hazañas. Por ejemplo: “Luciano es un pequeño héroe de apenas doce años que salvó a su madre de morir en un incendio”, “Mi tío es un héroe de guerra que cuenta con varias condecoraciones”, “Diego Maradona fue el héroe argentino en el campeonato mundial de 1986”:

En una epopeya o un poema épico, el héroe es el personaje principal y quién desarrolla las acciones más importantes. En la mitología tradicional, por otra parte, un héroe es aquel que es más que un hombre pero menos que un dios ya que nació de un ser divino y de un ser humano.

El héroe, en ese sentido, suele encarnar los rasgos más sobresalientes y valorados de su cultura de origen. Presenta, por lo tanto, las habilidades idealizadas que le permiten concretar grandes hazañas. Estos actos heroicos son los que le dan fama y lo convierten en alguien admirado por el resto de la comunidad.

Salvar a la gente de una muerte casi segura o derrotar a un enemigo muy poderoso son las acciones heroicas por excelencia en la mitología antigua y en la épica. En la sociedad moderna, en cambio, los héroes pueden representar otros valores. De esta manera, el responsable de un éxito deportivo o el artista admirado pueden ser considerados como héroes. También hay personas que se erigen como héroes al superar distintos tipos de adversidades.

Personaje ilustre es la persona que después de haberse dedicado durante años a una o varias áreas, ya sean artísticas, de investigación, religiosa, militar, etc., destacaron de entre los profesionales de su tiempo colaborando en el desarrollo y crecimiento del país o la región, llegando a tener reconocimiento local o mundial y siendo un referente para las generaciones futuras.

  1. El héroe Miguel Grau

Durante el conflicto con Chile, destacó por su audacia y arrojo, pero sobre todo por su don de mando y de estratega consumado. Durante cinco meses, la escuadra enemiga no pudo con Grau y su viejo monitor. El enemigo l oconsideraba un barco fantasma, ya que se deslizaba entre los puertos de los chilenos con la destreza de un gato, manteniendo en zozobra a un enemigo enteramente superior, capaz de estar en varios lugares bombardeando muelles, rompiendo bloqueos e interceptando cargamentos. La guerra para le glorioso Almirante nunca fue un baño desangre, todo lo contrario. Destacó por su caballerosidad ante el enemigo rendido. Cuando hundió a La Esmeralda no dudó en rescatar a los náufragos que luchaban por sus vidas en las frías aguas del Pacífico, como tampoco tuvo reparo en rendir homenaje al héroe chileno Arturo Pratt, caído en el fragor de la batalla, al enviar una sentida carta de condolencia a su viuda en Chile.

Grau en Iquique había dado muestras de ejemplar caballerosidad. Después del combate, al efectuar el traslado de los chilenos caídos en la cubierta del Huáscar para su sepultura en Iquique, el jefe peruano guardó con respeto la cartera de Pratt, que contenía los retratos de su esposa e hijos, y también su espada. Esa mañana de octubre, para muchos, se perdía al Guerra del Pacífico, y de esa manera se cumplían cabalmente las palabras del Almirante. En las páginas de la bitácora del monitor Huáscar, Grau escribió: “Os puedo asegurara que si el Huáscar no regresara victorioso, yo tampoco he de regresar” y esa mañana sobre el Pacífico, nuestro Almirante encontraría la gloria eterna coronada con la inmortalidad de sus hazañas.

Sus insuperables hazañas al mando del Huascar hicieron decir a Teodoro Roosevelt, presidente de los Estados Unidos “El Huáscar es el famoso y recordado buque sobre el cual se hayan ejecutado los actos de heroísmo mayores que jamás se han hecho en algún otro blindado de cualquier nación del mundo”. Como homenaje póstumo, el Congreso de la República le otorgó en 1946 el Grado de Almirante.

  1. Participación de Andrés A. Cáceres en la guerra con Chile

Al iniciarse la guerra con Chile tuvo que dirigirse al sur en la II División, peleando en las batallas de San Francisco y Tarapacá. En esta última fue donde Cáceres tuvo una destacada actuación cuando logró tomar los cerros, haciendo retroceder a las tropas chilenas, que se vieron obligadas a abandonar sus cañones. Si bien Tarapacá fue defendida gracias a la destreza de Cáceres, fue una victoria provisional porque el ejército peruano debió retroceder dejando el territorio salitrero al enemigo.

Cáceres colaboró en la reorganización del Ejército del Sur para su concentración en Tacna junto con las tropas bolivianas al mando del presidente Campero.

En el país también se había dado una crisis política debido a la partida del presidente Prado, quien fue derrocado por Nicolás de Piérola. En ese contexto se dio la Campaña de Tacna, en la que intervino Cáceres, demostrando gran valor en el Alto de la Alianza. Luego, el caudillo se dirigió a la capital, a la que arribó en agosto de 1880. Fue nombrado comandante General del Ejército del Centro y fue a Huaral para concluir el entrenamiento del ejército de reserva.

Como coronel efectivo participó en la Campaña de Lima, organizada por Piérola, quién formó dos líneas defensivas demasiado extensas: la de San Juan, compuesta por trincheras y que iba desde el Morro Solar hasta Monterrico chico y la de Miraflores, que iba desde Armendáriz hasta camino a Chosica.

Las tropas chilenas desembarcaron en Pisco y llegaron al Morro solar, se enfrentaron a Cáceres y lo derrotaron en la batalla de San Juan haciéndolo retroceder hasta Chorrillos. Tras esta derrota Cáceres se enfrentó a los chilenos en la batalla de Miraflores donde resultó herido y tuvo que retirarse.

Durante la ocupación chilena organizó sus montoneras en la sierra central, fue ascendido a General y desde allí llevó a cabo la resistencia (Campaña de la Breña) saliendo victorioso en las batallas de Pucará, Marcavalle y Concepción. Sin embargo, una asamblea nombró a Miguel Iglesias Presidente Regenerador del Perú quién firmó el tratado de Ancón.

  1. Acción heroica de María Parado de Bellido

De la heroína patriota se sabe que nació en Huamanga para ser mas exactos en el Distrito de Paras, probablemente en la década de los años 1760, y que se casó, a la edad de 15 años, a fines de los años 1770, con Mariano Bellido (hombre de negocios entre Huamanga, Cusco y La Paz). Tuvo siete hijos (Gregoria, Andrea, Mariano, Tomás, María, Leandra y Bartola). Desde 1820 colaboraron con las fuerzas patriotas.

Como ella no sabía escribir, le dictaba a un amigo de confianza llamado Madrid, las cartas que remitía a su marido con la finalidad de informarles, a su esposo e hijo, de los movimientos del enemigo y para advertirle al patriota Quiroz sobre los planes del ejército español. Así, por ejemplo, los patriotas pudieron abandonar el pueblo de Quilcamachay, el 29 de marzo de 1822; al día siguiente el pueblo fue ocupado por los realistas, y allí se encontró una de esas misivas. Apresada la patriota el 30 de marzo, fue conminada a delatar a sus colaboradores a cambio de su libertad. Pero ella se mantuvo en heroico silencio y proclamó: “No estoy aquí para informarles a ustedes, sino para sacrificarme por la causa de la libertad”. Finalmente, el general realista Carratalá la mandó fusilar en abril de 1822 en la plaza de armas de Ayacucho, y su cadáver fue trasladado al templo de la Merced donde fue sepultada.

  1. La propuesta de rendición y la respuesta de Bolognesi

El 4 de Junio Bolognesi solicitó a sus superiores el envío de ayuda para defender el morro de Arica pero, las tropas peruanas se encontraban en Arequipa y tardarían en llegar. El 5 de Junio a las 7 de la mañana, el comando chileno envió a Juan de la Cruz Salvo con el encargo de pedir la rendición del ejército peruano pero Bolognesi le respondió “Tengo deberes sagrados y los cumpliré hasta quemar el último cartucho”.

La artillería chilena terrestre y naval llevó a cabo un segundo bombardeo el 6 de Junio buscando la capitulación pero no la consiguieron y el 7 de Junio se lelvó a cabo la batalla de Arica donde Bolognesi perdió la vida.

  1. Heroísmo de José Olaya B.

La independencia del Perú, declarada por primera vez en Huaura el mes de noviembre 1820 y el 28 de julio 1821 en Lima, solamente se había hecho efectiva en Lima y en el norte; pero Cusco, la sierra central y el sur aún estaban bajo el dominio del ejército realista.

Es en este escenario, donde José Olaya, pescador de oficio, no dudó en servir de nexo entre las naves de la Escuadra Libertadora y los soldados de las fuerzas patriotas ubicadas en Lima, aunque eso significara recorrer campos y cruzar el mar nadando.

Apresado por el ejército realista, lo torturaron con el fin de obtener información sobre las fuerzas patriotas. José Olaya Balandra no se amilanó ante el dolor. Sufrió los 200 palazos que le aplicaron, no cediendo aún cuando le arrancaron las uñas.

Finalmente, en la mañana del 29 de junio de 1823 pronunció la frase "Si mil vidas tuviera gustoso las daría antes que traicionar a mi patria" y luego fue fusilado en el pasaje de la Plaza de Armas de Lima que ahora tiene su nombre: Pasaje Olaya.

  1. La ejecución del Héroe Leoncio Prado

Antes de su ejecución, Leoncio Prado solicitó tomar una taza de café.

Enseguida, cuando entraron dos soldados pidió que fuera aumentado su número para que dos le tirasen a la cabeza y dos al corazón. Al ser cumplido este pedido dio breves instrucciones a la tropa sobre la trayectoria de sus disparos y agregó que podían hacer fuego cuando hiciera una señal con la cuchara y pegase tres golpes en el cachuchito de lata en el que había estado comiendo.

Se despidió enseguida de los oficiales chilenos, los abrazó, les dijo: "Adiós compañeros". La habitación era pequeña. Al frente y al pie de la cama se colocaron los cuatro tiradores y detrás de ellos se pusieron los tres oficiales allí presentes. El Coronel Leoncio Prado cumplió con dar las órdenes para la descarga. "Todos llorábamos (manifestó Benavente) todos menos Pradito".

El 15 de julio de 1883, se truncó la vida de un joven de vida brillante y fecunda, de acción y de pensamiento; un héroe del Perú y de la independencia americana, uno de los héroes más resaltantes de nuestra nacionalidad.

Leoncio Prado no había cumplido aún los 30 años.

lunes, 25 de abril de 2011

FCC - I BIMESTRE - 2do Secundaria

 

SEGURIDAD VIAL

La seguridad vial consiste en la prevención de siniestros de tránsito o la minimización de sus efectos, especialmente para la vida y la salud de las personas, cuando tuviera lugar un hecho no deseado de tránsito. También se refiere a las tecnologías empleadas para dicho fin en cualquier vehículo de transporte terrestre (colectivo, camión, automóvil, motocicleta y bicicleta). Las normas reguladoras de tránsito y la responsabilidad de los usuarios de la vía pública componen el principal punto en la seguridad víal. Sin una organización por parte del estado y sin la moderación de las conductas humanas (particulares o colectivas) no es posible lograr un óptimo resultado.

El número accidentes de tránsito en el Perú es uno de los más altos en Latino América, bordea los niveles de Argentina, a pesar de que ellos poseen un parque automotor diez veces mayor al nuestro.

En los últimos años los accidentes de tránsito –tanto en ciudades como en carreteras al interior del país- se han convertido en una de las causas más importantes de muertes en nuestro país. El total de víctimas ascendió en el 2006 a 77,840 00, de las cuales el 6% fueron fatales.

El número de accidentes parece incrementarse año a año, así como el número de víctimas fatales. A pesar de que se han incrementado y creado nuevas medidas de control, especialmente en los aspectos mecánicos y técnicos, las cifras de siniestros no disminuyen y por el contrario año a año crecen en un 1.3% aproximadamente.


Como lo revelan las estadísticas del Ministerio de Trasportes y Comunicaciones (MTC), la causa más frecuente de los accidentes de tránsito en el último año es el exceso de velocidad (31.8%), seguido por la imprudencia de los conductores (25.4%).

Mientras que los tipos de accidentes más comunes son  choques (57.2%), seguido por atropellos (29.1%

Policía de transito

La División de Policía de Tránsito (DIVPOLTRAN) como órgano altamente especializado, es la encargada de hacer cumplir las leyes, fiscalizando su cumplimiento, garantizando y regulando el tránsito en las vías denominadas  “Vías Rápidas” (vías expresas, corredores viales, vías troncales, etc), asegurar el transporte automotor y ferroviario y la prevención e investigación de accidentes de tránsito y el robo de vehículos; a fin de proteger a la persona, los bienes públicos y privados; contribuyendo al desarrollo económico y social del país con la participación ciudadana.

La VII-DIRTEPOL a través de la División de Policía de Tránsito, realizará estudios y análisis de la problemática del tránsito, con el fin de controlar y contrarrestar el congestionamiento vehicular y disminuir el índice de accidentes de tránsito, así como los accidentes y hechos delictivos en las vías férreas, optimizando los servicios que se prestan a la comunidad.

Por otro lado hay que tener en cuenta que el reglamento de tránsito establece normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el tránsito. Rige en todo el territorio de la República.